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Fiscalidad 2 min

Rendimientos del capital mobiliario

⚠️ Aviso: Información educativa con finalidad divulgativa. NO constituye asesoramiento ni recomendación de inversión. Cada caso particular requiere consulta con un profesional autorizado (asesor financiero, fiscal o gestor).
Definición

Las ganancias que generan tus ahorros e inversiones financieras (intereses, dividendos, cupones) y que tributan en la "base del ahorro" del IRPF. Información general, no es asesoramiento fiscal.

Qué es Rendimientos del capital mobiliario

Los rendimientos del capital mobiliario son los ingresos que produce tu patrimonio financiero: intereses de cuentas y depósitos, dividendos de acciones, cupones de bonos, rendimientos de seguros de ahorro, etc. Forman parte de la base imponible del ahorro en la declaración de la renta.

Cómo funciona

El banco o intermediario suele practicar una retención a cuenta (habitualmente el 19%) cuando te paga estos rendimientos. En la declaración se suman todos y se aplican los tramos de la base del ahorro (19% hasta 6.000 €, 21% hasta 50.000 €, 23% hasta 200.000 €, 27%-28% por encima).

Por qué es importante

Determina cuánto pagas por la rentabilidad de tus ahorros. Distinguirlos de los rendimientos del trabajo (sueldo) o de las ganancias patrimoniales (venta de activos) es clave para entender tu factura fiscal.

Datos clave

  • La retención estándar sobre intereses y dividendos en España es del 19%.
  • Los rendimientos negativos del capital mobiliario pueden compensarse, con límites, con ganancias patrimoniales.
  • Los intereses de la cuenta corriente, por pequeños que sean, también son rendimiento del capital mobiliario.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar los intereses del banco?

Sí, aunque ya te hayan retenido. La declaración regulariza si has pagado de más o de menos.

¿A qué tipo tributan?

Por la escala del ahorro: del 19% al 28% según el importe acumulado de la base del ahorro.

¿Y si he tenido pérdidas?

Algunos rendimientos negativos se pueden compensar con ganancias, dentro de los límites legales. Conviene revisarlo o consultar a un asesor.