Impuesto de sucesiones y donaciones
Impuesto que paga quien recibe una herencia (sucesión) o un regalo importante en vida (donación). Lo gestionan las comunidades autónomas, con grandes diferencias entre ellas. Información general.
Qué es Impuesto de sucesiones y donaciones
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) grava el incremento de patrimonio que obtiene una persona física al heredar bienes o recibir donaciones. Es estatal pero está cedido a las comunidades autónomas, que aplican sus propias bonificaciones y reducciones.
Cómo funciona
Se calcula sobre el valor de lo recibido, restando reducciones (por parentesco, vivienda habitual, empresa familiar, etc.) y aplicando una tarifa progresiva y unos coeficientes según el patrimonio previo y el grado de parentesco. La comunidad autónoma del fallecido (sucesiones) o del donatario/inmueble (donaciones) determina la normativa aplicable.
Por qué es importante
La factura puede variar enormemente según dónde residas: en algunas comunidades, herencias entre padres e hijos están casi exentas; en otras, no. Planificarlo (testamento, seguros de vida, donaciones) puede tener un impacto fiscal importante.
Datos clave
- Los seguros de vida con beneficiario distinto del tomador tributan por el ISD, no por el IRPF.
- Hay reducciones específicas para la transmisión de empresas familiares y de la vivienda habitual.
- Heredar también puede implicar pagar la "plusvalía municipal" si entre los bienes hay inmuebles urbanos.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el impuesto de sucesiones?
El heredero o legatario que recibe los bienes, no la persona fallecida.
¿Por qué se paga muy distinto según la comunidad?
Porque cada comunidad autónoma fija sus propias bonificaciones y reducciones sobre la base estatal.
¿Se puede renunciar a una herencia para no pagar?
Sí, pero la renuncia tiene sus propias consecuencias fiscales y civiles. Conviene asesorarse antes de decidir.